Texto: Jesús Saavedra
Chilpancingo, Gro. 16 de junio de 2021.- Por unanimidad los magistrados del Tribunal Electoral del Estado (TEE) determinaron que el ex candidato del PRI y PRD a la alcaldía de Acapulco, Ricardo Taja Ramírez incurrió en violencia política en razón de género en contra de la ahora alcaldesa electa por Morena, Abelina López Rodríguez, por lo que le impusieron como sanción una amonestación pública y dieron vista al IEPC-Guerrero para que sea inscrito en el padrón de personas sancionadas por esa razón.
Este miércoles los magistrados del TEE sesionaron de manera virtual para desahogar varias quejas, entre ellas una de López Rodríguez en contra de Taja Ramírez a quien acusó de actos de violencia política en razón de género, al calor de la contienda electoral por la alcaldía de Acapulco.
La ahora alcaldesa electa del puerto, mostró como evidencia un video de 1 minuto con 30 segundos, que se publicó en la red social Facebook y que forma parte de una entrevista que concedió en la segunda de mayo el entonces candidato del PRI y PRD al periódico «El Sur».
En esa entrevista se abordaron en particular los temas de violencia, inseguridad y corrupción, donde Ricardo Taja Ramírez sostenía que las mujeres sin hijos «no tienen amor por la familia» y puso como ejemplo a la alcaldesa de Acapulco, Adela Román Ocampo y a la entonces candidata de Morena, Abelina López Rodríguez, «ellas no tienen familia, yo soy un hombre de familia y no pueden sentir lo que es una familia cuando no la tienen» y para rematar, aseveró que como hombre de familia era el único que podía garantizar a las familias de Acapulco.
En el «análisis integral» que hicieron los magistrados y de acuerdo al proyecto que aprobaron por unanimidad, se sostiene que Ricardo Taja Ramírez en esa entrevista asignó un estereotipo de género y lo vinculó «con ineficacia de dar seguridad por su condición de ser mujer y sin hijos, cuestiona la capacidad de defender a las familias de Acapulco por no tener hijos y hace énfasis de ser hombre y tener una familia».
Por ello determinaron que a partir de las pruebas ofrecidas, «es incuestionable que se incurre en un hecho de violencia política en razón de género, descalifica a la denunciante (López Rodríguez) con base a estereotipos de género, reflejan palabras que se busca inhabilitar o demeritar su candidatura por ser mujer y por no ser madre».
Y determinaron que el ex candidato del PRI y del PRD incurrió en «violencia política en razón de genero, que se enmarca en la conducta de una aspiración legítima de ser votada y es perpetrada por un candidato para menoscabar su capacidad para gobernar, se propone existente la infracción a Ricardo Taja Ramírez en su calidad de candidato a presidente municipal de Acapulco por el PRI y PRD, también al PRI por incurrir en culpa en vigilando».
Por ello impusieron una «amonestación a Taja» y se dio vista al Consejo General del IEPC-Guerrero «para efectos» y que son el de inscribir a Ricardo Taja Ramírez en el registro o padrón de personas sancionadas en razón de violencia política de género, donde acompañaría al dirigente del Movimiento Ciudadano, Adrián Wences Carrasco quien ya fue sancionado por la misma razón en mayo pasado y que sirve para poder impedir en un futuro su probable registro como aspirantes a un cargo de elección popular.
En otro asunto, los magistrados declararon por unanimidad inexistentes los presuntos actos anticipados de campaña en los que habría incurrido el ex candidato a la alcaldía de Acapulco por Movimiento Ciudadano, Ramiro Solorio Almazán como lo acusó el ex candidato del PRI, Ricardo Taja Ramírez.
Otro asunto que también declararon inexistentes son los presuntos actos anticipados de campaña de la candidata de Morena en Acapulco, Abelina López Rodríguez como la acusó el representante del PRI ante el IEPC-Guerrero, Manuel Saavedra Chávez y que de acuerdo a las pruebas que presentó, «no se advierte ninguna infracción a la normativa electoral».
También por unanimidad declararon «insuficientes» las pruebas ofrecidas por el representante del PRD e el distrito 02 del IEPC-Guerrero, Emilio Chavarria en contra del senador con licencia, Félix Salgado Macedonio a quien acusaba de haber «difamado» al candidato a la alcaldía de Chilpancingo por su partido, Alejandro Arcos Catalán en un acto de campaña el 6 de mayo que encabezó la entonces candidata de Morena, Norma Otilia Hernández Martínez.
También declararon improcedentes las quejas de la militante de Morena, Petronila Gatica González en contra de la Comisión Nacional de Elecciones de su partido y la queja del representante del PRD ante el IEPC-Guerrero, Daniel Meza Loaeza contra el acuerdo de asignación de diputaciones por la vía plurinominal.