Este lunes se venció el plazo legal para interponer el correspondiente recurso de impugnación; el excandidato a la alcaldía dijo el pasado viernes que tenía elementos para ello

Texto Jesús Saavedra

Chilpancingo, 10 de junio de 2024.- Este lunes se venció el plazo para que el excandidato a la alcaldía de Chilpancingo de la coalición de Morena-PT-PVEM, Jorge Salgado Parra interpusiera el recurso de impugnación a los resultados de la elección del 2 de junio y la entrega de la constancia como alcalde electo al candidato de la coalición del PAN-PRI-PRD, Alejandro Arcos Catalán.
Salgado Parra anunció el viernes de la semana pasada que tenía elementos para impugnar los resultados de la elección de alcalde y revertir el triunfo que obtuvo Arcos Catalán.
No explicó los argumentos jurídicos que su equipo encontró en el desarrollo de la jornada electoral y del conteo de los votos, pero adelantó que iba a interponer una impugnación.
El jueves poco antes de las 2 de la tarde, Alejandro Arcos Catalán recibió su constancia como alcalde electo de Chilpancingo.
Los lineamientos jurídicos para esas inconformidades jurídicas se encuentran en la Ley 456 del Sistema de Medios de Impugnación en el Estado de Guerrero y en su artículo 11 establece «los medios de impugnación previstos en esta ley, deberán presentarse dentro de los cuatro días contados a partir del día siguiente a aquél en qué se tenga conocimiento del acto de resolución impugnado (la entrega de constancia como diputado local o alcalde electo), o se hubiere notificado de conformidad con la ley aplicable».
Es decir este lunes vencía el plazo para que Jorge Salgado Parra interpusiera ese recurso de Impugnación ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana en Guerrero (IEPC), quien tendrá que derivar el recurso al Tribunal Electoral del Estado en primera instancia y resolver la inconformidad.
Si tras la resolución del Tribunal en Guerrero, alguna de las dos partes en interés de este recurso, puede recurrir en segunda instancia a la sala regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y si continúa la inconformidad de alguna de las dos partes sobre esa resolución, tienen en última instancia la sala superior del TEPJF quien dará una resolución definitiva e inapelable.
En caso de haber recurrido a esta impugnación de la elección de alcalde, se prevé una disputa jurídica de casi tres meses, pues el plazo para resolver en definitiva vence el 30 de septiembre, cuando concluye su plazo como alcaldesa Norma Otilia Hernández Martínez y tenga que asumir el cargo Alejandro Arcos Catalán o Jorge Salgado Parra. (Fotografía archivo)

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