El pleno del TEE desahogó cinco recursos de inconformidad en contra del triunfo del abanderado del PRD-PRI-PAN a la alcaldía interpuestas por Jorge Salgado
Texto Jesús Saavedra
Chilpancingo, 28 de agosto de 2024.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) aprobó por unanimidad determinar “inoperantes e infundadas” las impugnaciones del triunfo de la elección en la presidencia municipal de Chilpancingo de Alejandro Arcos Catalán, quien fue postulado por el PAN, PRI y PRD y ratificó la entrega de constancia como alcalde electo de la capital.
Este miércoles el pleno del TEE desahogó cinco recursos de inconformidad que interpusieron contra la expedición por parte del Consejo Distrital 02 del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de la constancia de mayoría en la elección de alcalde de Chilpancingo al candidato del PAN, PRI y PRD, Alejandro Arcos Catalán.
Las impugnaciones fueron hechas por el excandidato de la coalición de Morena, PT y PVEM, Jorge Salgado Parra, dos representantes de la coalición en mención y dos ex candidatos a regidores.
El proyecto de resolución fue propuesto al pleno por la magistrada, Alma Delia Eugenio Alcaraz quien propuso una queja parcialmente fundada e inoperantes e infundados por otra, por lo que pedía ratificar la entrega de constancia de mayoría a Alejandro Arcos Catalán.
Eugenio Alcaraz proponía que el argumento que 100 casillas fueron instaladas en otros lugares distintos a los lugares que el IEPEC aprobó era “inoperante e infundado”.
Salgado Parra también se quejó que en 94 casillas hubo “dolo en el recuento en beneficio del candidato que resultó triunfador”, también se propuso declarar “inoperante e infundado”.
Igual que en 94 casillas se había impedido el derecho de ejercer su derecho de votar al instalar las casillas fuera del horario establecido, “infundado e inoperante” porque no se acreditó esa acusación.
El candidato de Morena solicitaba además la “anulación de la elección por la injerencia de grupos fácticos que generaron violencia, amenazas, intimidación, coacción y violencia generalizada y sistematizada en contra de los electores, representantes de partido e integrantes de las 55 mesas de casillas instaladas en el corredor del valle de El Ocotito y la Sierra del municipio de Acapulco” resulta inoperante el agravio al no haberse acreditado el hecho y no haber aportado el mínimo aprobatorio”.
En los argumentos parcialmente fundados, se modificaron los resultados en 8 casillas, que fueron entregadas por otra persona que no estaba acreditada para hacerlo, pero “no modifica el resultado de la elección del pasado 2 de junio”.
La resolución modificó solo el resultado de la elección en esas ocho casillas, se confirmaron la asignación de regidurías en Chilpancingo y se confirmó la entrega de la constancia de alcalde electo, Alejandro Arcos Catalán.
El proyecto fue aprobado por unanimidad por los magistrados, Alma Delia Eugenio Alcaraz, Hilda Rosa Delgado Brito, José Inés Betancourt Salgado y la presidenta, Evelyn Rodríguez Xinol.
Ahora falta saber si Salgado Parra y quienes impugnaron esta elección, van a recurrir a la segunda instancia que sería la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y si van a irse a la última instancia que sería la Sala Superior, quien tendría que resolver el asunto antes del 30 de septiembre, un día antes de que tomen posesión los alcaldes en Guerrero.